
En este sentido, con efectos exclusivos para el ejercicio 2020, se considera que los inmuebles destinados a los usos de ocio y hostelería y comercial son de especial interés o utilidad municipal por circunstancias de empleo. A tal efecto, tendrán derecho a una bonificación de la cuota íntegra del impuesto los bienes inmuebles (IBI) del 25 % que estará condicionada al mantenimiento del promedio de la plantilla de trabajadores durante el periodo impositivo.
Esta bonificación se estima que puede beneficiar a más de 106.000 comercios y establecimientos de ocio y hostelería, con un impacto estimado de 53 millones.
ANDREA VACA TREJO A4
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