domingo, 7 de febrero de 2021

Complemento a las pensiones por hijos: requisitos, cuantía y a quién se le reconoce

 



El nuevo complemento de pensiones diseñado por el Gobierno deja la puerta abierta a padres, aunque busca compensar "la discriminación histórica" que han sufrido las mujeres al cuidar de los hijos en perjuicio de su trabajo.


El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge desde este miércoles, 3 de febrero, una de las medidas que aprobó el Gobierno en el Consejo de Ministros el martes para reducir la brecha de género entre hombres y mujeres en materia de pensiones. Se trata de "un nuevo complemento vinculado a la maternidad y la paternidad", como así lo define el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en una nota informativa, que sustituirá al complemento por maternidad en las pensiones contributivas destinado a mujeres que viene recogido en el artículo 60 del Real Decreto legislativo 8/2015 por el que se aprobó el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Al considerar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en una sentencia del 12 de diciembre de 2019, que este complemento de pensiones contributivas destinado a reducir la brecha de género resultaba "discriminatorio", de acuerdo con lo que se señala en el BOE por el que se adoptan nuevas medidas para atajar esta problemática social, por no reconocer el mismo derecho a los hombres que "se encuentran en una situación idéntica" —en la Ley General de la Seguridad Social se indican, no obstante, los requisitos que deben cumplir los hombres para tener reconocido este derecho de haberse visto afectada su carrera profesional por tener hijos—, el Gobierno apunta que se ha puesto de manifiesto "la defectuosa configuración legal del complemento en tanto compensación por aportación demográfica y la necesidad de proceder a su redefinición" para convertirlo en "un instrumento eficaz" de la reducción de la brecha de género.


Soraia Simoes    4ºB

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