miércoles, 29 de enero de 2020

UNA EMPRESA, CONDENADA POR NO FACILITAR QUE SU EMPLEADO PUDIERA IR A CLASES

El tribunal recuerda que los trabajadores pueden ajustar su horario para compatibilizar trabajo y estudios.  

Los empleados no solo tienen derecho a la adaptación horaria en casos de conciliación familiar, sino que también podrán reclamarla para compatibilizar el trabajo y los estudios. En estos casos, y al igual que sucede con la mal llamada jornada a la carta, la justicia exige a las empresas que analicen la petición del trabajador y, en caso de rechazarla, que argumenten su decisión.


Así se desprende de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Galicia. Que condena a la cadena de productos deportivos Sprinter por negar de forma injustificada que un dependiente pudiera modificar su horario para poder seguir los estudios del ciclo superior que cursaba. El fallo obliga al establecimiento a asignarle el turno de tarde y fija una indemnización a su favor de 3.000 euros.

Como recuerda el tribunal, la educación forma parte del derecho a la promoción profesional de la plantilla, según recoge la resolución, el demandante compatibilizaba su horario en la tienda con sus estudios gracias a que el gerente de la tienda organizaba sus libranzas para que pudiera seguir las clases. El problema surgió cuando, tras unos cambios organizativos en el centro, se le informó de que ya no podía seguir siendo así. El empleado pidió entonces realizar un único turno fijo de tardes, petición que la empresa rechazó alegando problemas organizativos, pero sin especificar cuáles.
                                          Lidia Comerón  4B                             

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